La investigación en CAFyD vuelve a destacar en los Premios Nacionales de Medicina del Deporte
- myriamcoplext
- hace 4 horas
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Durante la Campaña de la Renta 2025, desde el Consejo COLEF recordamos que la cuota colegial puede deducirse en el IRPF si se cumplen determinados requisitos, distintos según se ejerza por cuenta propia o ajena. Además, explicamos los plazos y algunas novedades relevantes para profesionales. Esta nota pretende facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y resolver las dudas más habituales del colectivo profesional ante este trámite anual.
Desde el día 8 de abril estamos oficialmente en la Campaña de la Renta 2025, para declarar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPPRF). La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) extenderá el plazo para su presentación hasta el 30 de junio como es habitual. No obstante, el plazo se acorta al 25 junio para las declaraciones a ingresar con domiciliación bancaria. Como cada año, desde el Consejo COLEF ofrecemos a las y los profesionales de la Educación Física y Deportiva una guía práctica con la información clave para afrontar este trámite, prestando especial atención a las particularidades que afectan al colectivo.
En esta nota recordamos que la cuota colegial puede ser objeto de deducción en la declaración del IRPF, siempre que se cumplan determinados requisitos, que varían según se ejerza la profesión por cuenta ajena o por cuenta propia. Además, recogemos otras novedades relevantes de la campaña, así como los plazos y servicios disponibles por parte de la AEAT.
A continuación, desarrollamos los aspectos más importantes:
REQUISITOS PARA LA DEDUCCIÓN DE LA CUOTA COLEGIAL
DEDUCCIÓN DE LA CUOTA COLEGIAL PARA PROFESIONALES POR CUENTA AJENA >> Máximo de 500 euros deducibles cuando se ejerce por cuenta ajena
DEDUCCIÓN DE LA CUOTA COLEGIAL PARA PROFESIONALES POR CUENTA PROPIA >> Sin límite de cuantía cuando la cuota colegial está vinculada al ejercicio por cuenta propia
OTRAS NOVEDADES EN LA DECLARACIÓN DE LA RENTA 2025
Recuerda que tienes a tu disposición los servicios de atención a la colegiación en tu Colegio Profesional.
Se recomienda ver la nota original de donde se ha tomado la información general no específica de la profesión de las educadoras y educadores físico deportivos:
Fuente: Consejo Colef
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